CONTRATOS PREVIOS A OTRO FUTURO O DEFINITIVO


Contratos previos. El contrato preliminar es aquel en el cual una de las partes, o bien las dos, se obligan a celebrar en un momento ulterior otro contrato que, por contraste, se llama definitivo.
El contrato preparatorio se realiza previendo la celebración de un contrato o serie de contratos futuros dando las bases, condiciones o modalidades de dichos contratos.
Los contratos preliminares obligan a la celebración del contrato futuro (son la promesa y opción: los preparativos reglamentarios o normativos) no obligan a esta celebración.
Tienen en común su función de preparar la concertación de otro u otros contratos que serán los definitivos.

Contratos que obligan a contratar:
Contrato preliminar, es "un contrato común", que obliga a celebrar un contrato definitivo; las obligaciones de las partes son de hacer. Las XVI Jornadas Nacionales de Derecho Civil entendieron que "el contrato preliminar es el contrato en virtud del cual las partes se obligan a celebrar un contrato  cuyo contenido esencial es determinado por el contrato preliminar".
El contrato preliminar debe contener:
a) El acuerdo sobre el objeto, la causa y los elementos esenciales particulares que identifiquen un futuro contrato.
b) Un plazo para la vigencia de la promesa de contratar, y de la opción de contratar, para no sujetar indiscretamente a los celebrantes. 
c) Una obligación irrevocable del oferente.
El contrato definitivo no puede ser de formalidad solemne absoluta.
Contratos preparatorios de otros contratos:
En tanto los contratos preliminares antes examinados contienen la obligación de celebrar un futuro contrato definitivo, los contratos preparatorios no obligan a dicha celebración, pero suministran las bases para su concertación. Va de suyo que los contratos preparatorios son una consecuencia de la contratación en masa propia de los sistemas económicos modernos, y responden a la necesidad de uniformidad o estandarización de los negocios que se da en la producción y negociación en serie.
Las XVI Jornadas Nacionales de Derecho Civil declararon que "los contratos preparatorios forman parte de las formas modernas de contratación', de las que son una especie importante, con diversas variantes".

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